18.06.08
LA UGT DE CATALUNYA PRESENTA SU PLATAFORMA PARA EL CONVENIO DE GRANDES ALMACENES
El 31 de diciembre de 2008 finaliza el vigente convenio colectivo de grandes almacenes, es por ello que desde las diferentes comunidades se presenta las plataformas para su unificación a la hora de entablar las negociaciones en el proximo convenio colectivo.
Hoy se celebra la reunión de UGT catalunya en donde se traslada la plataforma y los criterios a seguir en la negociación colectiva
Convenio actual
Los delegados y delegadas de
1. Que
2. Que
3. Que en los centros de trabajo hemos venido desarrollando acciones encaminadas a la exigencia del cumplimiento de los acuerdos firmados.
4. Que es necesaria una polÃtica sindical global de sector, donde se garantice el cumplimiento y la adecuada interpretación de los acuerdos firmados por las partes.
5. Que queremos hacer especial mención a:
· Complemento de nivel, el texto del Convenio firmado por
· Inventarios y Balances, la firma por parte de
· Excesos de jornada, las Empresas no están aplicando las reducciones o excesos de jornada para favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar, sencillamente aplican parámetros de necesidades de actividad.
· La libertad sindical consagrada en
Por ello queremos dejar clara constancia de nuestra total disposición a la realización de las acciones y actuaciones que sean necesarias dentro del marco general de
CRITERIOS PARA
PolÃtica salarial:
· Garantizar recuperación poder adquisitivo:
i. Incremento IPC previsto más 1 punto.
ii. Cláusula de revisión que garantice IPC real más 1 punto.
iii. Incremento salarial para el salario base superior al IPC más 1 punto.
iv. Incremento resto de conceptos económicos.(complemento personal, antigüedad, bolsa vacaciones, dietas, trabajo en domingos y festivos, etc...)
v. Ningún salario base por debajo de los 1.000,00 €.
vi. Complemento de nivel, las empresas garantizarán una formación adecuada y clara de tal manera que el 100% de la plantilla tenga la posibilidad acceder a este complemento a los 7 años. En el caso de que las Empresas no den la formación requerida se dará por realizada por el trabajador a los efectos de acceso al complemento de nivel.
vii. Grupo de inicio, solo se podrá utilizar para trabajadores / as que tengan menos de 25 años y sea su primer contrato laboral.
Jornada:
viii. Reducción de la jornada laboral 5 horas / año.
ix. Certeza de prestación.
x. Jornadas continuadas.
xi. Exceso de jornada en dÃas completos.
xii. Jornada en inventarios y preparación de rebajas, no se modificará la jornada, solo será posible ampliarla a quien este prestando relación laboral por la tarde.
xiii. Solo se trabajará como máximo el 50% de los domingos y festivos autorizados. Igualdad de condiciones para almacenes y puntos de venta.
xiv. Aplicación del descanso semanal de 48 horas, cumpliendo con ello lo marcado por las diferentes sentencias y la reivindicación histórica de
PolÃtica social:
xv. Conciliación de vida laboral y familiar:
xvi. Horarios maternales.
xvii. GuarderÃas.
xviii. Acciones de carácter positivo que favorezcan la atención al menor.
xix. Clarificación y certeza de los permisos retribuidos.
xx. Permiso retribuido de 2 dÃas de libre disposición.
xxi. 1 dÃa por fallecimiento de familiar de tercer grado.
xxii. Fondo social del 2% de los beneficios de cada Empresa.
xxiii. Acciones activas de claro contenido en defensa de la igualdad.
xxiv. Eliminación del carácter represivo de las sanciones y acciones de prevención, eliminando del contenido de sanciones determinados aspectos que son enfermedades.(tabaquismo, drogodependencia, alcoholismo,....)