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18.06.08

LA UGT DE CATALUNYA PRESENTA SU PLATAFORMA PARA EL CONVENIO DE GRANDES ALMACENES

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El 31 de diciembre de 2008 finaliza el vigente convenio colectivo de grandes almacenes, es por ello que desde las diferentes comunidades se presenta las plataformas para su unificación a la hora de entablar las negociaciones en el proximo convenio colectivo.

Hoy se celebra la reunión de UGT catalunya en donde se traslada la plataforma y los criterios a seguir en la negociación colectiva

Convenio actual

Los delegados y delegadas de la UGT de Catalunya pertenecientes a Empresas de Grandes Almacenes manifestamos:

1. Que la UGT como parte firmante del Convenio Colectivo, debe ser fiel defensora del contenido del mismo y a la vez parte extremamente activa en el cumplimiento de todas y cada una de las cláusulas.

2. Que la Representación Empresarial considera el Convenio un mal necesario, por ello en el ámbito de cada Empresa e incluso en los centros de trabajo pretenden de forma sistemática incumplir o rebajar el contenido firmado por las partes.

3. Que en los centros de trabajo hemos venido desarrollando acciones encaminadas a la exigencia del cumplimiento de los acuerdos firmados.

4. Que es necesaria una política sindical global de sector, donde se garantice el cumplimiento y la adecuada interpretación de los acuerdos firmados por las partes.

5. Que queremos hacer especial mención a:

· Complemento de nivel, el texto del Convenio firmado por la UGT pretende garantizar un desarrollo profesional y las Empresas están utilizando este concepto como un sistema de compra de voluntades sindicales, con ello lo que se produce es un ataque a nuestra propia Organización.

· Inventarios y Balances, la firma por parte de la UGT intenta favorecer las posibilidades de la Empresa para realizar esta actividad y las Empresas lo están utilizando para hacer un uso y abuso con determinados colectivos (afiliación sindical) para obligarles a preparar inventarios y balances durante una hora, incumpliendo normas de descanso, etc.

· Excesos de jornada, las Empresas no están aplicando las reducciones o excesos de jornada para favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar, sencillamente aplican parámetros de necesidades de actividad.

· La libertad sindical consagrada en la Constitución y recogida en el art. 69 del Convenio Colectivo, no solo no se respeta, sino que se está teniendo una actitud claramente acosadora contra la libertad sindical, este hecho centrado como norma general en las mayores Empresas del sector.

Por ello queremos dejar clara constancia de nuestra total disposición a la realización de las acciones y actuaciones que sean necesarias dentro del marco general de la Organización en defensa de los acuerdos firmados por la UGT

CRITERIOS PARA LA PLATAFORMA CONVENIO 2009-20..

Política salarial:

· Garantizar recuperación poder adquisitivo:

i. Incremento IPC previsto más 1 punto.

ii. Cláusula de revisión que garantice IPC real más 1 punto.

iii. Incremento salarial para el salario base superior al IPC más 1 punto.

iv. Incremento resto de conceptos económicos.(complemento personal, antigüedad, bolsa vacaciones, dietas, trabajo en domingos y festivos, etc...)

v. Ningún salario base por debajo de los 1.000,00 €.

vi. Complemento de nivel, las empresas garantizarán una formación adecuada y clara de tal manera que el 100% de la plantilla tenga la posibilidad acceder a este complemento a los 7 años. En el caso de que las Empresas no den la formación requerida se dará por realizada por el trabajador a los efectos de acceso al complemento de nivel.

vii. Grupo de inicio, solo se podrá utilizar para trabajadores / as que tengan menos de 25 años y sea su primer contrato laboral.

Jornada:

viii. Reducción de la jornada laboral 5 horas / año.

ix. Certeza de prestación.

x. Jornadas continuadas.

xi. Exceso de jornada en días completos.

xii. Jornada en inventarios y preparación de rebajas, no se modificará la jornada, solo será posible ampliarla a quien este prestando relación laboral por la tarde.

xiii. Solo se trabajará como máximo el 50% de los domingos y festivos autorizados. Igualdad de condiciones para almacenes y puntos de venta.

xiv. Aplicación del descanso semanal de 48 horas, cumpliendo con ello lo marcado por las diferentes sentencias y la reivindicación histórica de la UGT.

Política social:

xv. Conciliación de vida laboral y familiar:

xvi. Horarios maternales.

xvii. Guarderías.

xviii. Acciones de carácter positivo que favorezcan la atención al menor.

xix. Clarificación y certeza de los permisos retribuidos.

xx. Permiso retribuido de 2 días de libre disposición.

xxi. 1 día por fallecimiento de familiar de tercer grado.

xxii. Fondo social del 2% de los beneficios de cada Empresa.

xxiii. Acciones activas de claro contenido en defensa de la igualdad.

xxiv. Eliminación del carácter represivo de las sanciones y acciones de prevención, eliminando del contenido de sanciones determinados aspectos que son enfermedades.(tabaquismo, drogodependencia, alcoholismo,....)


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