17.06.10

EL CORTE INGLÉS CONDENADO POR DISCRIMINACIÓN

Post in General at 16:03 : Lectures¸ (656)

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha dictado sentencia, condenando a El Corte Inglés por discriminación de la mujer en materia de promoción profesional.

El Departament de Treball de la Generalitat de Catalunya demandó a El Corte Inglés en base a los requerimientos que la Inspección de Trabajo había emitido contra la empresa por la discriminación profesional que padecen las trabajadoras en diferentes centros de trabajo. Estos requerimientos eran fruto de las denuncias interpuestas por las Organizaciones Sindicales representativas y democráticas.


Las Sentencia confirma que las mujeres son discriminadas por razón de género en materia profesional y salarial en El Corte Inglés. Su trabajo no está valorado en la misma medida que el desarrollado por los hombres, ello repercute de forma negativa tanto en su salario como en su carrera profesional.

La Sentencia no es solo contra la empresa El Corte Inglés , si no también contra Fasga y Fetico, por la defensa que mantuvieron a favor de la Empresa durante todo el juicio.

En el transcurso del juicio la defensa por parte del Departament de Treball de la Generalitat manifestó: “lamento profundamente que FASGA Y FETICO no estén en el lado de la defensa de las trabajadoras y si en la de la empresa”.

!!!Es evidente el desconociemiento del Departament de Treball de estos “mafiosos vendidos” que se esconden detrás de las siglas de estos mal llamados sindicatos.

Podrán tener la mayoría y firmar arbitrariedades, pero cuando se trata de cuestiones que afectan a la igualdad de las personas, ni tienen capacidad ni derecho a rebajar la valoración personal o profesional de una persona por el hecho de ser mujer.

Es necesario actuar con sentido común y con prestigio profesional como Empresa, no beneficia ni a la Empresa ni a los trabajadores que realizamos nuestra actividad en la misma que los Tribunales confirmen que existe discriminación. Lo que tiene que hacer la Empresa es tomar, de forma inmediata; mediadas eficaces para acabar con la misma y tener una actuación basada en el respeto y la igualdad de las personas.

Desde UGT instamos a El Corte Inglés a cumplir el art. 14 de la Constitución

Artículo 14. de la Constitución Española

Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.


01.06.10

SEGIMOS PERDIENDO GRACIAS A fasga y fetico

Post in General at 20:25 : Lectures¸ (547)

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Como todos sabéis y gracias al convenio firmado por los amarillos, cualquier trabajador que tenga un proceso de Incapacidad Laboral (baja) no percibirá retribución ni complemento alguno durante los tres primeros días, con independencia del número de días que alcance los períodos de enfermedad o el número de procesos de IT. Esto quiere decir lo siguiente:

GRUPO

SALARIO/MES

DEJAREMOS DE COBRAR

INICIACIÓN

843,87€

84,38€

PROFESIONAL

869,19€

86,91€

COORDINADOR

947,42€

94,74€

TECNICOS

1.032,68€

103,26€

No teniendo bastante con lo que dejaremos de cobrar por esos tres días, hay que añadir a ello la parte proporcional de las comisiones y complementos que percibimos, por tanto, nos encontraremos que cada vez que estemos de baja, nos descontarán la modesta cantidad de unos 200 euros (que en algunos casos será más y en otros menos dependiendo de los complementos que percibamos así como de la comisión generada)

Esto, debía saberles a poco a los sindicatos amarillos y establecieron lo siguiente: “si transcurrido el año no se inicia por el trabajador ningún otro proceso de incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral, las empresas abonarán, terminado el año, el 100% del salario base de Grupo….”

Por tanto, nos descontarán tres días de salario (salario base de grupo + comisiones + complementos) y generosamente nos devolverán sólo lo correspondiente a salario base de Grupo.

Fasga y fetico, deben estar contentos por ello, ya que la diferencia entre lo que te descuentan y lo que te abonarán al final de año, de no coger ninguna baja mas, será beneficio neto para la cuenta de explotación de las empresas.

RECORDAR: ESTO ES POSIBLE GRACIAS AL CONVENIO COLECTIVO FIRMADO POR FASGA Y FETICO, QUE PONEN PRECIO A LOS TRABAJADORES CUANDO NOS ENCONTRAMOS DE BAJA POR ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL.