23.09.10
¡YO IRE A LA HUELGA EN EL CORTE INGLES Y TU?
ArtÃculo 28 de
“Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus interesesâ€
Frente a
1.- El derecho a Huelga es un derecho fundamental e individual que debe ejercerse libremente y sin presión alguna.
2.- Las empresas presionarán a los trabajadores/as con amenazas, mentiras y despidos para que no ejerzáis el derecho a Huelga, por tanto, decir NO!
3.- Aquellos trabajadores que el dÃa 29 de septiembre de 2010 esten de Huelga le descontarán 1 dÃa (recordar que estar de baja nos cuesta 3 dÃas, gracias a los sindicatos “mamporreros†firmantes del convenio)
4.- La cantidad que te descontarán de la nómina será la correspondiente a un dÃa de trabajo y es el resultado de dividir tu salario anual entre los dÃas efectivos de trabajo al año (STS 2653/1993 de Unificación de Doctrina)
5.- A los trabajadores encuadrados en el grupo Profesional le descontarán de la nómina unos 53 euros de media (tener en cuenta que esa cantidad será mas elevada dependiendo de los complemento personales que tengamos y su cantidad)
6.- No aceptéis presión de las empresas, ni mentiras de los amarillos ni amenazas de los mandos, elegir libremente y decidir si queréis realizar huelga el dÃa 29 de septiembre, porque es JUSTA (ante el recorte de los derechos de los trabajadores y el poder de las empresas de despedir sin causa justificada), porque es LEGAL (Nuestra Constitución Española establece este derecho a los trabajadores cuando ven amenazados sus intereses laborales) y porque es NECESARIA (debemos expresar públicamente nuestra opinión y instar asà al Gobierno a reconducir su decisión mediante el dialogo y no la imposición y consecuentemente, dejar sin efecto la reforma laboral)
7.- Desde
Por todo ello, la huelga general del 29 de septiembre es la única vÃa que nos queda a los trabajadores y trabajadoras para poner de manifiesto nuestra protesta y cambiar las cosas.
Es el momento de decir basta!!
MovilÃzate!!