29.04.09

La inspecció de treball sanciona l'hipercor de meridiana amb 86.000 euros per incomplir la normativa

Post in inspecciones at 09:55 : Lectures¸ (633)


La UGT de Catalunya ha de recórrer novament a l'Administració per obligar El Corte Inglés a fer complir la llei


La Inspecció de Treball ha tornat a sancionar El Corte Inglés per incompliment de la normativa vigent en matèria de salut laboral. En aquest cas, la Inspecció de Treball ha decretat una sanció econòmica de 86.000 euros per l'incompliment de la normativa en el centre Hipercor de Meridiana (Barcelona).


Després de realitzar la corresponent visita al centre de treball, la Inspecció fa diverses constatacions i requeriments.


La Inspecció de Treball constata que la documentació lliurada als delegats de prevenció no respon a les sol·licituds de consulta i participació, i que això pot incidir sobre la seguretat i la salut dels treballadors. Per aquesta raó, requereix a l'empresa que, de forma immediata i permanent, atorgui aquesta documentació a tots els membres del Comitè d'Empresa i a tots els delegats de prevenció. Amb aquesta finalitat, la Inspecció recorda que "un adequat examen de la documentació requereix el lliurament físic de la mateixa".


Pel que fa al tema de les mercaderies al pàrquing, la Inspecció constata que existeix mobiliari emmagatzemat al costat del muntacàrregas, en la zona del soterrani 2. Tot i que l'empresa va dir, en un principi, que aquesta situació era temporal, la realitat és que s'ha convertit en una situació permanent en el temps. Per això requereix que retiri aquesta mercaderia en un termini màxim d'un mes.


Tanmateix, la Inspecció també exigeix l'empresa que valori les condicions ambientals, temperatura, humitat relativa i corrents d'aire -en un termini de 3 mesos- i queapliqui mesures correctores adequades i suficients amb l'objectiu de dotar el centre de nivells mínims d'il·luminació, en un termini màxim de 2 mesos.


La línia de caixes han centrat també bona part de les queixes a l'Administració, que constata l'incompliment empresarial davant l'existència de risc greu de lesions músculo-esquelètiques dels empleats que hi treballen. En aquest cas, la Inspecció té en consideració que el centre és reincident, i requereix a l'empresa que, en un termini de 4 mesos, adopti les mesures adequades per evitar els riscos ergonòmics per als treballadors de línies de caixa.


L'acta d'infracció també recull l'exigència immediata de disposar dels equips de protecció individual que siguin suficients al moll Pegaso d'Hipercor Meridiana.


Totes aquestes infraccions, entre d'altres, han portat la Inspecció de Treball a aixecar una acta per infracció greu en el seu grau màxim per un valor de 86.000 euros. Des de la UGT de Catalunya lamentem que l'empresa hagi malbaratat aquests diners en una sanció econòmica quan podia haver-se-la evitat si no hagués incomplert la normativa i haver-los invertit en les millores que tant necessita aquest centre.


Malauradament, aquest no és un cas aïllat en l'historial de relacions laborals que manté l'empresa El Corte Inglés. Per a la UGT de Catalunya és vergonyós que, tractant-se d'una empresa amb tant repercussió social i d'imatge com El Corte Inglés, s'hagi de recórrer sistemàticament als Jutjats perquè compleixi amb la legislació laboral


28.04.09

HIPERCOR SA (GRUPO EL CORTE INGLES) SANCIONADO POR LA INSPECCION DE TRABAJO

Post in inspecciones at 19:12 : Lectures¸ (791)

POR SU INTERES REPRODUCIMOS LA HOJA QUE SE HA REPARTIDO EL DÍA 28 DE ABRIL DE 2009 EN HIPERCOR MERIDIANA

SECCIÓN SINDICAL DE U.G.T. HIPERCOR-MERIDIANA

La crisis no parece afectar a todos.

Desde nuestra sección sindical ya sabéis que estamos trabajando constantemente para que mejoremos nuestra (en muchas ocasiones precaria) situación laboral y que venir a trabajar no nos cueste la salud.

Para evitar esas situaciones hablamos directamente tanto de forma verbal como escrita con la empresa o a través de los Comités para que se solucionen los diferentes temas.

Nos encontramos con que nuestra empresa no nos hace caso, incumple la Ley, no nos tiene en cuenta a los trabajadores ni siquiera a través de sus representantes legales, creen que pueden actuar libre e impunemente…

Cuando vemos que no hay otra salida para solventar los diferentes problemas no nos queda otra solución que ir a Inspección de Trabajo.

Casi todos los conflictos podríamos resolverlos de forma amistosa y sin mayor coste que el propio problema y que al final dándonos la razón la propia Inspección de Trabajo han de realizar igualmente.

¿Qué conlleva que la empresa actúe como si estuviese por encima del bien y del mal? Que sean sancionados. En esta ocasión por la suma de las actuaciones que os referimos más adelante son 86.000,00 euros.

Nos duele que este dinero se lo podían haber ahorrado para poder invertirlo en mejoras que tanto necesitamos en nuestro centro, aunque a lo mejor es que no nos hemos dado cuenta los trabajadores y no nos afecta la crisis y podemos tirar el dinero.

Entendemos que si un trabajador por su negligencia ocasiona un gasto de este tipo a la empresa , le cuesta el puesto de trabajo, por lo que siendo la responsabilidad de la Dirección como mínimo debería dimitir de su puesto la persona que sea responsable de semejante sanción (no seremos nosotros quien juzguemos qué persona es).

Para vuestra mayor información os detallamos a continuación las actuaciones y los requerimientos por parte de la Inspección de Trabajo.

SANCIONES GRAVES A HIPERCOR MERIDIANA

Después de mucho trabajo intentando que la empresa reconozca nuestros derechos como trabajadores y que ésta haga caso omiso a nuestras peticiones tal y como marca la Ley, y una vez la Inspección de Trabajo ha realizado visita en nuestro centro hace las siguientes constataciones y requerimientos:

Documentación e información

· …la documentación entregada…no responde a las solicitudes de consulta y participación de los delegados de prevención.

· …y que pueden tener incidencia sobre la seguridad y salud de los trabajadores.

· REQUIERE a la empresa…de forma inmediata y permanentemente…acceso a la documentación, y otros derechos, a todos los miembros del Comité de empresa, y delegados de prevención de la misma(a todos, de forma individual, no siendo suficiente la entrega al Secretario del Comité).

· …un adecuado examen de la documentación requiere la entrega física de la misma.

· …exclusiones…deberán ser motivadas por escrito.

· …los delegados de prevención manifiestan desconocimiento total de los cambios organizativos…en el centro de Hipercor, Meridiana…

· …desconocimiento de traslados de venta de mercancía a otras partes del centro, desconocimiento de los riesgos evaluados al iniciarse las obras en el centro de trabajo, etc..

· …se constata incumplimiento de previo requerimiento…

Mercancía en el parking

· …se constata, en la zona de sótano -2…existencia de mobiliario almacenado al lado del montacargas. La empresa refiere…que en un plazo de una semana dicho mobiliario ya no estará, dado que está montando la sección de informática, y el mobiliario temporalmente depositado en el parking va destinado a esta sección.

· …se ha convertido en una situación permanente en el tiempo y no meramente provisional…

· REQUIERE a la empresa…compromiso empresarial…fecha de retirada de dicha mercancía (determinada con un máximo de 1 mes, desde la fecha de asunción de compromiso).

· evaluación de riesgos específica…además de la retirada de la misma, así como el procedimiento específico a seguir en su desarrollo, por escrito… Plazo: 15 días.

· …se dará traslado a los delegados de prevención…Plazo: inmediato.

Temperaturas y condiciones ambientales.

· REQUIERE a la empresa…nueva medición higiénica oportuna…valorar las condiciones ambientales de temperatura, humedad relativa y corrientes de aire… Plazo: 3 meses

Iluminación

· REQUIERE a la empresa…medidas correctoras adecuadas y suficientes al objeto de dotar al centro niveles de iluminación mínimos… Plazo: 2 meses.

· …nueva medición higiénica…valorar los niveles mínimos…teniendo en cuenta el inicio y fin de la jornada respectiva de los trabajadores. Plazo: 3 meses

Mostradores de recepción

· REQUIERE a la empresa…evaluación de riesgos específica ergonómica…Plazo: 4 meses

Línea de cajas

· …se constata incumplimiento empresarial, ante la existencia de riesgo grave de lesiones músculo esqueléticos, de los trabajadores de la línea de caja…por no adoptarse las medidas correctoras adecuadas y suficientes, sin dar cumplimiento a previo requerimiento…ni a pesar de iniciarse procedimiento sancionador I82008000140352…

· …ausencia de adopción de medidas correctoras adecuadas y suficientes previstas para la eliminación de los riesgos ergonómicos detectados…

· …se aprecia reincidencia…se comete infracción del mismo tipo y calificación que la iniciada en Acta I82008000140352….

· REQUIERE a la empresa…en un plazo de 4 meses:…adoptar las medidas correctoras adecuadas y suficientes, y evitar los riesgos ergonómicos para los trabajadores…en dichos puestos de…líneas de caja.

Transpaletas manuales y eléctricas

· REQUIERE a la empresa…en un plazo de 2 meses disponga de todos aquellos medios mecánicos que resulten necesarios…y atendiendo a que 1 transpaletas eléctrica no resulta suficiente…

Muelle Dublín: estanterías

· REQUIERE a la empresa…en un plazo de 4 meses mantenimiento propio y adecuado de las estanterías, reparando las deficiencias observadas…registro oportuno sobre dicho mantenimiento referenciado de las estanterías.

Muelle Pegaso

· REQUIERE a la empresa…de forma inmediata…una puesta a disposición, y correcta utilización de los equipos de protección individual que fueren adecuados y suficientes…sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.

Permiso de tiendas exteriores

· REQUIERE a la empresa…de forma inmediata..efectúe total cumplimiento, ante posibles ampliaciones o modificaciones…sobre los requisitos y datos que deben reunir las comunicaciones de apertura previa o reanudación de actividades en los centros de trabajo…

Miembros Comité de Seguridad y Salud

· …personas ajenas a la plantilla de HIPERCOR, pueden formar parte del CSS…acreditando su condición de representante del empresario.

Balances y preparación de rebajas trabajando al día siguiente en turno de mañana.

· …se constata que, atendiendo al propio criterio de la empresa…no ha respetado el descanso mínimo entre jornadas de 12 horas, en la preparación de inventario en fechas 1 / 2 de septiembre de 2008…

· Tales hechos…constituyen infracción consistente en que el empresario no había respetado el preceptivo descanso mínimo entre jornadas de trabajo.

· REQUIERE a la empresa…dé cumplimiento de lo dispuesto en relación a la jornada de trabajo, distribución y descansos legales.

SOBRE ALGUNAS DE ESTAS INFRACCIONES INSPECCIÓN DE TRABAJO DICE:

SE PROCEDE A LEVANTAR ACTA POR INFRACCIÓN GRAVE EN SU GRADO MÁXIMO Y CUANTÍA SUPERIOR


20.04.09

La patronal de grandes almacenes continua con su insaciable voracidad.

Post in otros centros at 18:09 : Lectures¸ (610)

En la reunión celebrada ayer viernes de la mesa del convenio de Grandes Almacenes, en la que hemos abordado el capitulo de empleo y contratación. La patronal ha seguido manteniendo su posición de rebajar las actuales condiciones ganadas en los convenios colectivos precedentes.

Así, han continuado planteando la prolongación del periodo de prueba con el argumento de fomentar la contratación indefinida y para ello solo se les ocurre proponer un periodo de prueba de 6 meses, algo que es inaceptable, puesto que con ello lograrían un nuevo contrato temporal sin garantías.

En relación con el contrato de obra o servicio, han seguido despreciando nuestras propuestas encaminadas a fijar los criterios que desde el ET y sentencias del Supremo han venido a reconocer nuestros planteamientos de que se trata de un contrato no previsto para nuestro sector. Y pretenden regularlo de tal manera que nos volvamos a encontrar con el abuso en su utilización por parte de las empresas.

Con respecto al contrato a tiempo parcial, que cada vez es más usual en el conjunto del sector, pretende rebajar las garantías que contiene el actual convenio, sobre la certeza de la jornada, la consolidación de las horas complementarias, así como las garantías en cuanto al compromiso del trabajador para realizarlas.

Continuando con su posición de egoísmo desmedido, han negado nuestras reivindicaciones con respecto al reconocimiento de nivel por el mero transcurso del tiempo.

Así como nuestro planteamiento de desaparición del grupo de inicio.

En conclusión podemos manifestar que la Patronal de Grandes Almacenes, se ha instalado en una posición maximalista ante la actual situación de la economía y pretende que para superar esta situación el único camino es la rebaja de los derechos de los trabajadores, o dicho de otra manera aligerar de garantías lo derechos de los trabajadores en materia de contratación. Por nuestra parte tenemos claro que ese no es el camino correcto, puesto que con ello precarizarían mas la situación de los trabajadores que llegan al sector. Y por el contrario seguimos estando convencidos que debemos seguir defendiendo el empleo estable y con derechos, y no podemos permitir que la patronal aprovechando la situación quiera sacar partido.

Deberían empezar a poner a disposición del conjunto del sector una parte de los grandes beneficios de los que han disfrutado en los años anteriores y contribuir con ello a su estabilidad actual y de futuro.

Otros caminos solo pueden conducir a la crispación, y de seguir así solo se hará mas patente su falta de responsabilidad para con el conjunto del sector y que el único motivo que mueve sus intenciones es el desmedido egoísmo empresarial.

Finalmente se ha fijado la próxima reunión para el 26 de mayo.


14.04.09

LA INSPECCIÓN DE TRABAJO SANCIONA A HIPERCOR SA (GRUPO EL CORTE INGLES) POR NO RESPETAR EL DESCANDO ENTRE JORNADAS.

Post in otros centros at 19:18 : Lectures¸ (724)

La Inspección de Trabajo de Barcelona a levantado acta de infracción contra HIPERCOR SA (centro de meridiana) por infracción en su grado máximo, tramo intermedio por incumplimiento del descanso entre jornadas los días de preparación de inventario (1/2 de septiembre de 2008)

Nuevamente la Inspección de Trabajo de Barcelona avala la tesis de UGT, por la cual, los trabajadores/as no estan obligados a preparar rebajas ni balance siempre que el descanso entre jornadas no se respete.

Esto quiere decir que si los trabajadores/as de turno de mañana les comunican que deben presentarse a preparar rebajas o inventario a partir de las 22:00 y al dia siguiente deben incorporarse al horario habitual de mañana, NO ESTAN OBLIGADOS A ACUDIR, puesto que no se respeta el descanso de 12 horas entre jornadas.


05.04.09

CONVENIO COLECTIVO DE GRANDES ALMACENES. ASI VAMOS.....

Post in otros centros at 15:05 : Lectures¸ (1932)

1ªReunión Negociación Convenio Colectivo

En la primera reunión sobre la negociación del convenio colectivo de grandes almacenes, se ha constituido la mesa negociadora y los representantes que formarán parte de la negociación tanto por parte de los sindicatos como por parte de la ANGED (Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución).

Próxima Reunión 16 de febrero de 2009

…Seguiremos informando

Reunión Negociación convenio Colectivo

Los distintos sindicatos han hecho entrega de las diferentes plataformas sindicales a la patronal.

Por parte de UGT cabría destacar nuestra apuesta por avanzar en la garantía del descanso semanal de dos días, la fijación de un salario sectorial mínimo de 1000 €. Otra de las cuestiones esenciales es la referida a la política de conciliación de la vida laboral y personal, así mismo es necesario que el nuevo convenio de una solución a los mecanismos de promoción profesional y ponga fin a la situación de discriminación con la existencia del grupo de inicio.

La Patronal por su parte ha escenificado su posición en este convenio bajo el principio de rebajar las actuales condiciones de los trabajadores. Han centrado sus pretensiones en una política salarial proponiendo para el año 2009 los salarios del 2007, y con una vigencia de cinco años de convenio, unos incrementos salariales condicionados a los resultados en ventas del sector y a la media del IPC previsto y el IPC real del año anterior.

Sus planteamientos en relación con el tratamiento de las situaciones de incapacidad temporal son reducir la cobertura salarial de los trabajadores que están en esta situación, reduciéndolo al 80% del salario base de grupo.

Ponen la guinda con el tratamiento que dan al descanso semanal, reduciendo nuestros avances avalados por las sentencias del Supremo en esta materia y plantean como única solución la jornada irregular, lo que demuestra su nula disposición.

Próxima Reunión 27 de febrero de 2009 …….seguiremos informando

Reunión Negociación Convenio Colectivo

Aplazada la reunión prevista para el 27 de febrero, se realiza el 16 de marzo de 2009.

La patronal ha vuelto a despreciar las propuestas de todas las organizaciones sindicales al considerarlas según su expresión, de otros tiempos.

Reconoce que su primera propuesta de mantener para el 2009 los salarios del 2007, era fruto de un error y por tanto retirándola, y dejando como inicio de la negociación los salarios del 2008.

Siguen planteando:

· Cuestiona el modelo de determinación de los salarios.

· Mayor flexibilidad en materia de jornada.

· Siguen negando el reconocimiento del disfrute del descanso semanal efectivo.

· Rebajar los complementos de los trabajadores cuando están en situación de IT.

· No quieren hablar de las contradicciones de la actual regulación de las licencias retribuidas.

· Hablan de mantenimiento del empleo, queriendo más flexibilidad en el contrato a tiempo parcial.

De momento seguimos sin avanzar mucho en la negociación, puesto que las diferentes plataformas se encuentran muy lejanas.

Por parte de la UGT, no nos damos por aludidos y nos reafirmamos en nuestro propósito de conseguir descansos semanales de calidad y cantidad, mejor distribución de la jornada y subida salarial para activar el consumo y proteger el empleo con derechos.

Próxima reunión 27 de abril de 2009

….Seguiremos informando