Sección Sindical FIA-UGT Synthesia
"No hay revolución simplemente porque se lleve a cabo un régimen político.Ni siquiera hay revolución cuando junto al cambio de régimen político hay un cambio social.El ciclo revolucionario no termina hasta que la revolución se haga en las conciencias" Rodolfo Llopis (1895-1983) tras su nombramiento como Director General de Enseñanza Primaria en la Segunda República Xarxa sindical

15 Mar, 2008

LEY DE IGUALDAD . AMORES QUE MATAN

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También incluye la letra pequeña.


Que los trabajadores/as, como colectivo, somos unos potenciales defraudadores del sistema público de protección social, es algo con lo que las asociaciones patronales y sus adheridos, comulgan con la fe del converso. Es más, incluso dudo de que utilicen el término “potenciales”. No es que les preocupe en exceso el que alguien pueda, con su actitud, hacer uso indebido de un sistema de protección social justo, solidario y eficiente (por lo menos este es el sistema que perseguía la Declaración para el Diálogo Social 2004). No, no es eso. Sus preocupaciones están mas en la línea de los daños colaterales bushianos que la aplicación y cumplimiento de cualquier medida de protección social pueda causar en su cuenta de resultados. Así, cuando todos nos felicitamos por la entrada en vigor de normas como la Ley para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres Trabajadores, cuando todo son aplausos y palmaditas entre la representación de los contratados, los contratadores disimulan mal una sonrisa de medio lado como gesto de alivio. Y cuando uno les ve brillar el diente de oro, no puede por menos que preocuparse. Acto seguido, una certeza nos desasosiega “ en algo la hemos cagao pifiado”.

Hay una antigua máxima que dice “tu haz las leyes y déjame a mi hacer los reglamentos”. Actitud taimada y sibilina donde las haya, pero desde luego con unos resultados excelentes.

Esta ley es evidentemente una herramienta muy útil, pero ¡¡ojo!! no perdamos de vista los desarrollos reglamentarios.

¿Alguien puede pensar que la entrada en vigor de la ley de Igualdad provoque unos efectos totalmente contrarios a los previstos en algunos de los supuestos protegidos? Pues si, así es. Y nada más y nada menos que en el subsidio por riesgo durante el embarazo. Vamos a verlo con datos: En el año 2006, antes de la entrada en vigor de esta ley, 10.122 mujeres trabajadoras percibieron la prestación por riesgo durante el embarazo, con cargo a la Seguridad Social. En abril del 2007, entra en vigor la ley de Igualdad y descubrimos el porque de los brillos áureos y las sonrisas mal disimuladas. Son las mutuas las que pasaron a gestionar y asumir el pago de las prestaciones derivadas de las licencias por riesgo durante el embarazo. De un total de 248.242 mujeres trabajadoras que disfrutaron de permisos por maternidad, solo 2.653 recibieron prestaciones por riesgo durante el embarazo. Nada mas y nada menos que un 73,8 % ha descendido en un año el número de mujeres trabajadoras que han recibido esta prestación.

Es indudable que las mutuas concertadas con las empresas para cubrir los riesgos profesionales están atendiendo esta obligación que les impone la ley, no solo de forma restrictiva sino con un más que sospechoso fraude de ley.

Muchas trabajadoras desamparadas en el derecho que les asiste, acuden a su médico de cabecera con el fin de obtener la baja médica por enfermedad común. Con los perjuicios que eso supone para la mujer contratada y los beneficios para el contratador

Acabamos de celebrar el Día Mundial de la Mujer Trabajadora, donde no faltan los actos reivindicativos, como no puede ser de otra forma, pero se nos siguen colando situaciones como esta.

Seguro que desde nuestro sindicato, la Unión General de Trabajadores, vamos a conseguir el enmendar esta situación.

Paco Fernández, marzo 2008


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