07.09.08
NUEVA SANCION A EL CORTE INGLES POR VULNERAR EL DESCANSO ENTRE JORNADAS
Nuevamente, la Inspección de Trabajo a incoado acta de infracción a El Corte Ingles por vulnerar el descanso entre jornadas. Ya es la tercera vez que la Inspección sanciona a la empresa por el mismo motivo y como consecuencia de las denuncias puestas por dos delegados de UGT del centro de Diagonal.
Este hecho es consecuencia de que la empresa no cumple con la normativa laboral vigente los días de inventario y balance, puesto que obliga a los trabajadores con turno de mañana a incorporarse nuevamente, una vez finalizada su jornada, a las 22:00 horas, teniendo que incorporarse al día siguiente en turno de mañana, por lo que el descanso entre jornadas no se garantiza.
La UGT como la Inspección de Tabajo tienen el mismo criterio al respecto, ningún trabajador/a con turno de mañana el día de balance o inventrio debe incorporarse nuevamente a las 22:00 h a su puesto de trabajo para realizar balance o inventario (salvo que al día siguiente sea fiesta, puesto que entonces si se respeta el descanso entre jornadas)
Solamente estan obligados a preparar rebajas o balance aquellos trabajadores que a la hora del cierre este en tienda (turno de tarde) y aquellos trabajadores que la empresa les modifique el turno o prolongue la jornada y así esta recogido en convenio.
Aprovechamos la ocasion para recordar que como norma general los días de inventario son 28 de febrero y 31 de agosto y los dias de preparación de rebajas son en julio y enero (dependendo de las fechas serán diferentes cada año). Por lo que si tu Jefe te pide la "colaboración" en días anteriores a los establecidos debes saber que es VOLUNTARIO, y ni la empresa ni el jefe de turno pueden obligarte a venir (este caso solo sucede en los días de balance)





