NOTA INFORMATIVA
Como integrantes de la mesa tecnica de Aux. Tecnicos y habiendo estudiado el caso detenidamente sobre la peticion de asuntos propios, informamos de que los/as trabajadores/as pueden disponer de los dias de libre disposicion cuando precisen y sin la necesidad de pedirlos con 15 dias de antelacion, como fue planteado por el responsable del servicio, puesto que no hay una base legal que lo sustente.
Nuestra seccion sindical se remite al apartado 5.5 del convenio colectivo donde no consta o especifica que se hayan de solicitar con un minimo de antelacion determinado.
Por tanto instamos a los/as trabajadores/as a que soliciten libremente los dias de libre disposicion atendiendo a las necesidades del servicio.